Volver 104. Oscuras advertencias

Las Autoridades Sanitarias advierten que el tabaco perjudica seriamente la salud. Hasta seis incorrecciones lingüísticas hay quien ha advertido en esta leyenda que aparece en todas las cajetillas de tabaco. Voy a detenerme solamente en la única que podría tener algún fundamento, en la presunta omisión de la preposición de entre advierten y que: ¿debió escribirse advierten que o advierten de que? Esa es la cuestión.

Desgraciadamente, la Real Academia no nos saca de dudas sobre el régimen sintáctico del verbo advertir. El DRAE se limita a definirlo sin explicitar la construcción que exige cada uno de sus sentidos y sin aportar ni un solo ejemplo donde descubrirla.

Las cuatro acepciones del DRAE (desecho la quinta por desusada) de advertir pueden reducirse a las tres siguientes: 1. ‘Darse cuenta o percatarse de algo’, ‘reparar en alguien o en algo’, ‘observarlo, descubrirlo’. Con este valor funciona como sinónimo (semántico y sintáctico) de notar, percibir o captar: advierta que, en ejemplos como No advertí que estuviera enfadada o Advirtieron pronto mi intención, es posible sustituir "advertí" y "Advirtieron" por noté, percibí o capté y por Notaron, Percibieron o Captaron, respectivamente. // 2. ‘Hacer sabedor a alguien de algo, hacérselo ver o notar o llamarle la atención sobre algo’. Con este sentido se comporta como avisar o como informar: Un cartel advertía del peligro, No me advirtieron de que habías llegado... // 3. ‘Decir una persona a otra una cosa con la intención de aconsejar, prevenir, requerir, amonestar o amenazar’. Con tal acepción presenta la misma construcción que verbos como comunicar, notificar o señalar: Te lo advierto: no vengas tarde, El árbitro le advirtió que lo expulsaría...

Cada acepción requiere su propia estructura sintáctica: en la primera, alguien (sujeto) advierte algo (C.D.); en la segunda, alguien o algo (sujeto) advierte a alguien (C.D.) de algo (suplemento indirecto); en la tercera, alguien (sujeto) advierte a alguien (C.I.) algo (C.D.). El complemento con de opone la segunda a las otras dos, mientras que la primera se distingue de la tercera por su natural rechazo de complemento indirecto.

Semánticamente, la casi mera ‘información’ de la segunda contrasta bien con el matiz de ‘amenaza’ de la tercera; pero la ‘llamada de atención’ de aquélla no se aleja sino sutilmente del tinte de ‘consejo’ o de ‘prevención’ de ésta. Por aquí se cuela la confusión. Y eso es lo que, desde mi punto de vista, ocurre en la tal leyenda: ¿se pretende informar de la insalubridad del tabaco (2ª) o aconsejar que no se fume (3ª)? Yo habría redactado esa advertencia con la preposición de; pero, como es posible (aunque no probable) el 'consejo' legalmente obligatorio, no tildaré su omisión de incorrecta con la radical rotundidad que otros han esgrimido.


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